La intermediación en la contratación de fletes, transporte y servicios aéreos para personas y mercancías, y el desarrollo de actividades relacionadas con dicho transporte, incluyendo servicios aeroportuarios de asistencia en tierra a terceros, suministros, gestión de tasas aeroportuarias, de navegación y aterrizaje.
La venta de servicios de viaje, transporte, alojamiento, planificación y organización de recorridos turísticos.
Todas las actividades anexas al transporte aéreo.
Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de alguna de las actividades comprendidas en el objeto social, algún título profesional o autorización administrativa, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente la requerida titulación, y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos.
Todo ello previo cumplimiento de los requisitos que legalmente se exijan para cada supuesto.
En ningún caso deberá entenderse que la sociedad ostenta la calificación de profesional sometida a la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, ya que las actividades que se reflejan en el objeto social y que pudieran ser propias de profesionales por ser actividades que requieren título oficial universitario y sujetas a colegiación no se desarrollarán por la sociedad de forma directa sino, simplemente, como mediadora.
La actividad principal son las "actividades de las agencias de viajes", a la que corresponde el código CNAE 7911.